El Consejo General de Dentistas en España es una institución que responde a la necesidad de proteger los derechos de los profesionales de la salud bucal y de la ciudadanía que requiere de este tipo de servicios.
Hoy te traemos este artículo para que conozcas la importancia de sus funciones específicas, su estructura y los requisitos legales para formar parte de alguno de los colegios que lo constituyen. ¡Sigue leyendo!
¿Qué es el consejo general de dentistas de España y cuáles son sus funciones?
En 1895, en la ciudad de Sevilla, se fundó el primer Colegio de Odontólogos de España. Más adelante, en mayo de 1930, se aprobó que la colegiación fuera obligatoria y en consecuencia, se crearon 13 regiones.
Posteriormente, algunos sectores se separaron para conformar entidades distintas. En consecuencia, actualmente hay 36 Colegios Oficiales de Odontólogos y Estomatólogos.
Los colegios profesionales y su órgano superior, el Consejo General, son corporaciones de derecho público que velan por la ordenación profesional de manera independiente y siempre imparcial. Los consejos se constituyen cuando en el mismo espacio territorial existen varios colegios.
Partimos de un principio fundamental: el ejercicio de las profesiones tituladas es de relevante interés gubernamental. Para poder cumplir con este cometido, los consejos y colegios cuentan con personalidad jurídica propia. Su estructura interna y su actividad tendrán la característica de ser democráticas.
Funciones de un colegio oficial de odontólogos
Estas competencias están señaladas en el Real Decreto 2828/1998, de 23 de diciembre. De forma general, incluyen la defensa de los profesionales, como tú, y de los usuarios del servicio de salud bucodental, así como la representación institucional:
- Vigilar para que los servicios odontológicos proporcionen a los pacientes una atención asequible, de calidad y segura.
- Elaboración y revisión del Código Ético y Deontológico.
- Dar cumplimiento a la legislación vigente.
- Proteger al ciudadano mediante la aplicación de los principios éticos y deontológicos.
- Evitar el intrusismo, el ejercicio ilegal y el mercantilismo dentro del sector de la salud dental.
- Promover iniciativas destinadas a lograr una evolución positiva de los colegiados, desde el punto de vista científico, deontológico, social y laboral.
¿Cuál es la estructura de la organización colegial de los odontólogos?
La estructura de estas instituciones está organizada de forma jerárquica. Al más alto nivel nos encontramos los consejos generales o superiores de colegios profesionales.
Estos consejos pueden tener una estructura múltiple, y en los niveles subordinados figuran los colegios nacionales, los consejos autonómicos de colegios y los colegios de odontólogos y estomatólogos.
Desde el punto de vista territorial, los consejos se organizan con un colegio único, o están dotados de una estructura que englobe colegios autonómicos, pluriprovinciales, pluriautonómicos, autonómicos o en ámbitos menores a una provincia.
Función social
El propósito de los colegios de odontólogos es contar con una institución capaz de ejercer un control de la actividad de estos profesionales. Una supervisión imparcial y autónoma permite a los ciudadanos tener una garantía para la defensa de sus derechos, de forma plena. Es imprescindible vigilar el ejercicio de las profesiones directamente relacionadas con la salud, el bienestar y la seguridad de la población.
Código ético
El ejercicio de una profesión liberal se basa en tres pilares: la autonomía facultativa o independencia de criterio, la responsabilidad personal y el control del ejercicio. En estas condiciones se enfocan los Códigos de Ética y de Deontología elaborados por los colegios de odontólogos.
Son reglamentaciones estrictas, precisas y en constante evolución. El Código Deontológico es también una protección, ya que, como odontólogo, te pone a salvo de exigencias impropias de los empleadores, sean estos entes públicos o privados.
¿Qué requisitos son necesarios para formar parte de un colegio de odontólogos?
Al superar el grado de odontología, deberás entrar a formar parte del colegio oficial de odontólogos que te corresponda geográficamente, según el territorio donde está tu domicilio profesional, según la Ley 2/1974, de 13 de febrero. Para contar con el amparo profesional que te proporciona, es necesario cumplir los requisitos legales. Son los que encontrarás a continuación:
- Título original o certificación de haber solicitado su expedición por parte de la universidad correspondiente, y la respectiva fotocopia.
- En caso de homologación, la credencial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en original y copia, validando que se reúnen las condiciones requeridas.
- Cuatro fotografías recientes, tamaño carnet.
- Certificado expedido por la autoridad competente en el último país donde se ha ejercido, en el caso de haber trabajado en el extranjero. Se acreditará que no pesen inhabilitaciones o suspensiones y que se han cumplido los principios éticos y las normas de ejercicio profesional.
- Domiciliación bancaria con los veinte dígitos de la cuenta.
- Certificado de penales.
- Ingreso al banco de los derechos de colegiación.
- Rellenar y firmar los impresos Secretaría del Colegio Provincial.
- Seguro de Responsabilidad Civil.
- Original y fotocopia del D.N.I. para los españoles.
- Certificado del N.I.E. para comunitarios y extracomunitarios.
- Declaraciones oficiales.
Como órgano rector de una actividad profesional de interés público, el consejo de dentistas en España tiene la facultad de emitir declaraciones oficiales. Estos pronunciamientos son comunicaciones públicas de carácter excepcional, que recogen el sentir unánime de los integrantes de la institución.
Van dirigidas a informar acerca de su posición oficial ante situaciones de actualidad, en concordancia con los valores de la entidad. El Consejo General de Odontólogos de España ha emitido las siguientes declaraciones oficiales:
- Declaración del Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España sobre la Infiltración de microfillers en los labios y mejillas por odontólogos.
- Declaración sobre el Uso Clínico del CEREC.
- Declaración del Consejo General sobre valoraciones y/o peritaciones relativas al estado de salud bucodental.
- Declaración de la Asamblea de Sociedades.
- Comunicado del Consejo General sobre el IVA en productos sanitarios.
- Declaración del Consejo General sobre la Extracción de Cordales.
- La Organización Colegial de la Odontología y la Estomatología.
- Misión del Consejo General de Dentistas.
- Declaración de responsabilidad de los odontólogos e higienistas dentales.
- Declaración sobre el Tabaco.
- Ejercicio profesión en España y la infección por VIH.
Fuente: Consejo de Dentistas
En definitiva, el Consejo General de Odontólogos es una institución al servicio de la sociedad. Vela por la salud bucodental de los ciudadanos, así como por el prestigio de la profesión y los derechos de los odontólogos.
¡Hasta aquí nuestro artículo de hoy! Esperamos que te haya servido de ayuda para conocer mejor el Consejo de Dentistas en España.
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